La convocatoria INEA de Andalucía abrió el 22 de octubre de 2026 con ayudas para mejorar la eficiencia de las viviendas, incorporar energía solar y rehabilitar edificios públicos. Sin embargo, la tabla oficial de disponibilidad, actualizada al 23 de octubre y consultada el 29, ya señala que cuatro de sus cinco partidas no tienen fondos disponibles.
La única partida del Programa 1 que aparece con disponibilidad es la de eficiencia energética en viviendas y edificios residenciales privados para beneficiarios que no ejercen actividad económica. Esta guía se centra en esa oportunidad: qué obras pueden encajar, qué mejora deben acreditar y qué necesita preparar el instalador antes de ofrecer una actuación subvencionada.
Qué partidas se convocaron y cuáles tienen fondos
El Programa 1 cuenta con un presupuesto total de 20.772.507 euros, repartido entre actuaciones y tipos de beneficiario. Esa distribución importa: que exista presupuesto en una partida no permite utilizarlo automáticamente para otra.
| Línea del Programa 1 | Beneficiario | Disponibilidad a 23 de octubre |
|---|---|---|
| 1.1.2 Eficiencia residencial privada | Sin actividad económica | Con disponibilidad |
| 1.1.2 Eficiencia residencial privada | Con actividad económica | Sin disponibilidad |
| 1.2.1 Eficiencia pública | Entidades locales y dependientes | Sin disponibilidad |
| 1.3 Energía solar residencial | Sin actividad económica | Sin disponibilidad |
| 1.3 Energía solar residencial | Con actividad económica | Sin disponibilidad |
El BOJA del 23 de octubre publicó la suspensión de las dos partidas solares y de la de eficiencia pública. Las solicitudes recibidas tras la apertura habían alcanzado el crédito previsto. Eso no significa que todas esas ayudas estén concedidas o pagadas. Además, la tabla oficial también marca sin disponibilidad la eficiencia residencial vinculada a actividad económica, aunque esa partida no figure en aquella resolución de suspensión.
La partida residencial sin actividad económica tiene asignados 7.151.629,55 euros. Es su dotación presupuestaria, no el dinero que queda: la tabla no publica el saldo restante. El estado que aquí recogemos corresponde al documento del 23 de octubre; debe comprobarse de nuevo antes de solicitar. La fecha general de cierre, prevista para el 30 de septiembre de 2027 salvo modificación o conclusión anticipada, no garantiza fondos hasta entonces.
A quién se dirige la línea que conserva disponibilidad
El subtipo 1.1.2 financia mejoras en viviendas y edificios residenciales privados situados en Andalucía. Dentro de la partida que figura con fondos, el proyecto no debe destinarse a una actividad económica. Pueden encajar propietarios particulares, comunidades de propietarios y otras entidades admitidas, siempre que cumplan las condiciones de la convocatoria y acrediten su relación con el inmueble.
Residencial describe el uso del edificio; la actividad económica se refiere al beneficiario y al destino de la actuación. Por eso, una vivienda explotada mediante una actividad de alquiler requiere revisar su encuadramiento. Tampoco basta con que el propietario sea autónomo en otra profesión para clasificar automáticamente la mejora de su vivienda particular como empresarial.
Qué obras pueden recibir ayuda
La línea permite actuar sobre uno o varios elementos de la vivienda. Pueden encajar el aislamiento de fachadas o cubiertas, la sustitución de ventanas y otras mejoras de la envolvente que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración. Las carpinterías deben contar con marcado CE.
También contempla mejoras de las instalaciones de climatización, agua caliente sanitaria e iluminación, con equipos eléctricos nuevos que contribuyan al resultado energético exigido. Una solución de aerotermia puede formar parte del proyecto cuando cumpla las condiciones técnicas aplicables. Los equipos alimentados por combustibles fósiles, incluido el gas natural, quedan excluidos.
La elección depende del edificio. En una vivienda con pérdidas importantes, mejorar aislamiento y ventanas puede ser decisivo. En otra con equipos antiguos, renovar la instalación térmica puede aportar más. No es necesario proponer siempre una reforma integral, pero sí demostrar que la actuación elegida alcanza la mejora requerida.
Qué mejora energética hay que conseguir
La vivienda, edificio o parte de este debe mejorar al menos una letra en la escala de emisiones de CO₂. Además, tienen que reducirse tanto el consumo de energía primaria no renovable como las emisiones de CO₂ respecto al estado inicial.
Por ejemplo, pasar de una calificación E a D en emisiones puede satisfacer el salto de letra, pero también hay que verificar las dos reducciones. Cambiar un equipo por otro más eficiente o presentar una factura eléctrica menor no acredita por sí solo el cumplimiento.
El paso útil antes de cerrar la oferta es simular la vivienda en su estado actual y con las mejoras propuestas. Así se puede comprobar si basta una intervención o conviene combinar medidas. Esta evaluación también permite explicar al cliente qué rendimiento cabe esperar y qué parte de la inversión responde a una necesidad real del inmueble.
Cuánto puede cubrir la ayuda
Para los beneficiarios sin actividad económica de este subtipo, la intensidad base es del 50 % del coste incentivable. Puede alcanzar hasta el 65 % cuando se cumplan las circunstancias que permiten los incrementos previstos en las bases. El máximo no corresponde automáticamente a todas las solicitudes.
La convocatoria calcula el coste incentivable mediante módulos por unidades de actuación. Por eso no basta con aplicar el porcentaje al presupuesto comercial: hay que identificar las unidades admitidas, sus módulos y los demás conceptos elegibles, incluido el tratamiento del IVA cuando corresponda.
Además, el incentivo solicitado debe ser de al menos 10.000 euros. Con una intensidad del 50 %, una base incentivable validada de 24.000 euros daría una ayuda de 12.000 euros. Una base de 18.000 euros daría 9.000 euros y no alcanzaría el mínimo. Son ejemplos matemáticos, sin incrementos adicionales y sujetos al resto de límites; no equivalen a afirmar que una factura de esos importes produzca necesariamente esas bases.
Este umbral puede dejar fuera intervenciones pequeñas. Conviene calcularlo antes de anunciar una oferta como subvencionable, sin sobredimensionar la obra solo para alcanzar la ayuda.
Puede incluir fotovoltaica o aerotermia
Las bases permiten incorporar equipos renovables dentro de una actuación de eficiencia cuando contribuyan a la mejora energética. Su inversión incentivable no puede superar el 50 % de la inversión incentivable total del proyecto y deben cumplirse las condiciones específicas que les correspondan.
Por tanto, una instalación fotovoltaica aislada no puede trasladarse a esta partida simplemente porque la línea solar se haya quedado sin fondos. Hay que justificar una actuación de eficiencia que cumpla todos los requisitos, el límite de renovables y el incentivo mínimo.
Lo mismo exige estudiar la aerotermia: puede ser una pieza adecuada de la rehabilitación, pero su encaje y su aportación al resultado deben comprobarse con el conjunto del proyecto. La elección del equipo y la tramitación de la ayuda deberían partir del mismo estudio técnico.
Los certificados y la documentación deben prepararse antes
El certificado de eficiencia energética previo debe estar emitido y registrado antes de realizar la mejora. Para esta actuación privada, las fechas de emisión y registro deben quedar dentro de los tres meses anteriores a la solicitud. Un certificado antiguo o preparado cuando la instalación ya está terminada puede comprometer el expediente.
Después de ejecutar la actuación se necesita otro certificado, también emitido y registrado, que recoja lo realizado y acredite la mejora antes de terminar el plazo de justificación. Deben conservarse asimismo la documentación técnica, las facturas, los pagos y las autorizaciones y puestas en servicio que correspondan. La auditoría de ejecución exigida por el programa debe suscribirla un proveedor habilitado en los términos de las bases.
Para beneficiarios sin actividad económica se admiten actuaciones iniciadas desde el 1 de mayo de 2025, pero no concluidas o íntegramente ejecutadas antes de solicitar. Esa posibilidad no elimina los requisitos del certificado previo ni las restantes condiciones temporales. Antes de comprometer una obra, conviene ordenar los hitos del expediente y comprobar su viabilidad.
Ejecución y financiación de la obra
Los plazos máximos de ejecución se vinculan al incentivo: seis meses si es inferior a 15.000 euros, doce meses desde 15.000 y por debajo de 100.000 euros, y dieciocho meses a partir de 100.000 euros. La resolución de concesión concreta el plazo aplicable.
El cobro ordinario requiere justificar la actuación. Los anticipos tienen condiciones específicas y no deben darse por hechos al preparar la financiación. El cliente necesita conocer cuánto aporta, cuándo paga y qué documentación permitirá justificar el resultado.
Si además se estudia una deducción de IRPF, el cálculo debe hacerse por separado: no se suman porcentajes de subvención y deducción sobre la misma factura sin ajustar sus respectivas bases. En nuestra entrada sobre deducciones por eficiencia energética explicamos los requisitos fiscales y el papel de los certificados.
Estar preparado antes de que abra la próxima convocatoria
El agotamiento de varias partidas tras la apertura deja una lección para el instalador: conocer una subvención cuando el cliente pregunta puede llegar demasiado tarde. Tener identificados los proyectos viables y saber qué documentación necesitan permite reaccionar con más criterio cuando aparecen nuevas oportunidades.
Contar con una ingeniería como PRONERTEK desde la fase de oferta ayuda a convertir ese conocimiento en un servicio más completo. Podemos acompañarte en el estudio energético, comprobar el encaje técnico de la actuación y preparar los certificados, proyectos o memorias y la documentación de tramitación que requiera cada caso. Así puedes explicar al cliente qué solución le conviene y bajo qué condiciones podría acceder a una ayuda, antes de comprometer una inversión.
Ese respaldo te permite ofrecer un servicio puntero, con propuestas mejor fundamentadas y capacidad para abordar actuaciones más completas. Mientras tú te centras en la instalación y en tu cliente, PRONERTEK puede actuar como tu oficina técnica externa para preparar el trabajo y resolver las exigencias técnicas y documentales.
La concesión y la disponibilidad de fondos dependen de la Administración. Lo que sí puede trabajar el instalador es su preparación: anticipar necesidades, presentar soluciones bien estudiadas y llegar a las próximas convocatorias con una base técnica sólida. Si quieres dar ese paso, habla con PRONERTEK y preparemos juntos tus próximos proyectos.
Fuentes y fecha de revisión
Contenido revisado el 29 de octubre de 2026. Disponibilidad presupuestaria según la tabla oficial actualizada al 23 de octubre, revalidada antes de publicar. La dotación de una partida no equivale a su saldo restante.
- Disponibilidad oficial del Programa 1 actualizada a 23 de octubre de 2026
- Bases INEA y catálogo de actuaciones
- Corrección de bases del 6 de agosto de 2025
- Convocatoria del Programa 1 y módulos
- Corrección de módulos y formularios del 16 de octubre de 2026
- Acceso al procedimiento 25735
- LIRPF disposiciones adicionales 50 y 62
- BOJA23/10/2026 — suspensión de partidas
- BOJA23/10/2026 — redistribución del crédito
Portada: composición editada con IA a partir de fotografía de Ksenia Chernaya (Pexels); técnico sustituido digitalmente. Logotipo identificativo del programa INEA. Imagen ilustrativa, no representa una obra de PRONERTEK ni implica aval institucional.



